miércoles, 17 de marzo de 2010

Ciudadanos en salud

Parece que en esta vida los conceptos nunca vienen solos y que cuando toca que emerjan las setas, lo hacen por doquier.

El otro día comenté el concepto de uso responsable que implica un ciudadano comprometido en ese tema (aunque a mi bien ponderado Vicente Baos le ha sentado como una patada en los huevos que el mensaje lo promocione Farmaindustria). Hoy toca un nuevo conceto: Ciudadano en salud.

Es un concepto que han desarrollado dos de los abogados del Bufete RAM que ya comentamos en su día. El documento tiene una primera parte muy interesante sobre el derecho fundamental del ciudadano a la información en salud aportando esta visión de ciudadano en salud.

Sus Conclusiones son

Tanto el Convenio de Oviedo, como la legislación española, regulan la información clínica en salud, lo cual supone un gran avance.

Realizando una lectura detallada de ambos textos, vemos que todavía persiste el enfoque paternalista del derecho a la protección y asistencia en salud, pero ya se vislumbra un tímido acercamiento al concepto moderno de ciudadano en salud que, a través de la información, adquiere mayor protagonismo y capacidad de decisión.

Sin embargo, se han obviado realidades importantes en salud, como, por ejemplo, la definición y desarrollo de la información terapéutica y su consentimiento específico, que refieren a una realidad, la actividad terapéutica, radicalmente diferente a la clínica y asistencial.

Las nuevas necesidades en salud requieren un abordaje completo en torno a tres grandes conceptos:

- Nueva concepción de ciudadano, titular, como persona, de derechos y obligaciones fundamentales en salud (definición del estatus de ciudadano en salud, el cual cubre y subsume al estatus de paciente).
- Visión amplia e integral de la salud (no sólo protección y asistencia, sino también prevención, educación, formación, participación efectiva en política, etc.).
- Derecho a la información en salud, fundamento imprescindible para desarrollar la autonomía del ciudadano en la toma de decisiones sobre su salud (consentimiento informado, no sólo clínico, también terapéutico, en genoma, en salud alimentaria, en salud sexual, etc.) y establecer nuevas responsabilidades legales (corresponsabilidad de los agentes) por la producción, transmisión y difusión de ésta información.

La sociedad global, actual y de futuro, requiere el desarrollo de la Información en Salud Directa al Ciudadano, a través de desarrollos legislativos más eficaces para la salud de las personas. El menor, por su parte, también es ciudadano y, por lo tanto, tiene el mismo derecho a la información en salud, de forma veraz, real y adecuada.

En cambio la segunda parte del documento en el que se analiza la Pandemia de Gripe A es un bodrio de cortar en la que el abogado Amarilla hace honor a su apellido. De todo tiene que haber en la viña del señor

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